Leyes sobre los cobradores de deudas en el Distrito de Columbia
El Distrito de Columbia regula a los cobradores con la Ley de cobro de deudas de D.C. (D.C. Code § 28-3814), ampliada por la Protecting Consumers from Unjust Debt Collection Practices Amendment Act of 2022 (Ley de Enmienda de 2022 para Proteger a los Consumidores de Prácticas Injustas de Cobro de Deudas). Aquí están sus protecciones adicionales, las licencias, las quejas y las reglas sobre deudas médicas.
En resumen
El Distrito de Columbia tiene su propia ley sobre el cobro de deudas: la Ley de cobro de deudas de D.C. (D.C. Code § 28-3814), ampliada por la Protecting Consumers from Unjust Debt Collection Practices Amendment Act of 2022 (Ley de Enmienda de 2022 para Proteger a los Consumidores de Prácticas Injustas de Cobro de Deudas). También cubre a los acreedores originales que cobran sus propias deudas. Puede presentar una queja ante: Office of the Attorney General for the District of Columbia (Oficina del Fiscal General del Distrito de Columbia), equipo Consumer and Tenant Response (Respuesta al Consumidor y al Inquilino). La CFPB también recibe quejas.
- Ley estatal
- Sí
- Cubre a los acreedores originales
- Sí
- Licencia obligatoria
- No confirmado
- Protecciones adicionales
- 5
La ley del Distrito de Columbia sobre el cobro de deudas
- Ley estatal
- Ley de cobro de deudas de D.C. (D.C. Code § 28-3814), ampliada por la Protecting Consumers from Unjust Debt Collection Practices Amendment Act of 2022 (Ley de Enmienda de 2022 para Proteger a los Consumidores de Prácticas Injustas de Cobro de Deudas)
- Ley (en inglés)
- D.C. Code § 28-3814
- Cubre a los acreedores originales
- Sí
- Texto oficial
- Lea la ley (en inglés)
El Distrito de Columbia es uno de los 22 estados de nuestras 48 guías estatales cuya ley también cubre a los acreedores originales que cobran sus propias deudas.
Las facturas médicas y los cobradores en el Distrito de Columbia
La Medical Debt Mitigation Amendment Act of 2026 (Ley de Enmienda de 2026 para Mitigar la Deuda Médica) (D.C. Law 26-172) se convirtió en ley el 20 de agosto de 2026 y agrega el § 28-3814(dd): no se puede cobrar una deuda médica hasta 180 días después de la primera factura y con al menos 90 días de aviso, los intereses tienen un límite de 3% al año, no se permiten gravámenes sobre su vivienda principal, no se permite el embargo de salario si el ingreso de su hogar es menor al 500% del nivel federal de pobreza, y no se puede reportar la deuda médica a las agencias de crédito. Pero estas reglas solo se aplican 6 meses después de que el costo de la ley se incluya en un presupuesto aprobado de D.C. (Law 26-172, § 6), y el D.C. Code marca el § 28-3814(dd) como 'Not Funded' (sin fondos). Por eso, a octubre de 2026, todavía no están en vigor.
Lo que el Distrito de Columbia agrega a la FDCPA
- Los cobradores no pueden llamarle ni enviarle mensajes de texto antes de las 8 a.m. ni después de las 9 p.m. hora del Este (§ 28-3814(k)).
- Para una deuda cancelada contablemente (charged-off), la primera carta debe informarle que usted puede pedir pruebas: el acreedor original, el dueño actual, el último número de cuenta y un saldo detallado. Los compradores de deudas y los cobradores externos deben tener estos documentos antes de cobrar (§ 28-3814(m)).
- Si usted acepta un plan de pago o un acuerdo, el cobrador debe enviarle una copia por escrito dentro de 7 días (§ 28-3814(n)).
- Los honorarios de abogado que un cobrador puede recuperar de usted por lo general tienen un límite del 15% de la deuda (§ 28-3814(v)).
- Cualquier violación de la ley federal FDCPA también viola la ley de D.C. (§ 28-3814(z)).
Dónde presentar una queja en el Distrito de Columbia
- El Distrito de Columbia: Office of the Attorney General for the District of Columbia (Oficina del Fiscal General del Distrito de Columbia), equipo Consumer and Tenant Response (Respuesta al Consumidor y al Inquilino) · (202) 442-9828
- Federal: la Consumer Financial Protection Bureau (CFPB) recibe quejas sobre cobradores de deudas en consumerfinance.gov/complaint · (855) 411-2372.
- También puede reportar a un cobrador a la Federal Trade Commission (Comisión Federal de Comercio) en ReportFraud.ftc.gov.
¿Puede demandar a un cobrador según la ley del Distrito de Columbia?
Sí. Usted puede demandar por daños reales, costos y honorarios de abogado, daños punitivos, y una cantidad adicional de $500 a $4,000 por cada violación (D.C. Code § 28-3814(u)).
La ley federal (15 U.S.C. 1692k) también le permite demandar dentro de 1 año por sus daños reales, hasta $1,000 adicionales y los honorarios de su abogado.
Licencias de las agencias de cobranza en el Distrito de Columbia
- Licencia obligatoria
- No confirmado
En los estados vecinos
- Maryland: Sí
- Delaware: Sin licencia estatal
- Pensilvania: Sin licencia estatal
Si un cobrador no respeta las reglas en el Distrito de Columbia
Anótelo todo
Anote la fecha, la hora y quién se comunicó cada vez, y guarde las cartas, los mensajes de voz, los correos y los mensajes de texto.
Busque a la empresa
Anote el nombre, la dirección y el número de licencia del cobrador, si tiene uno.
Haga su pedido por escrito
Use una carta para disputar una deuda o para detener las llamadas de cobradores; guarde una copia y el recibo del envío.
Presente una queja
Presente una queja ante: Office of the Attorney General for the District of Columbia (Oficina del Fiscal General del Distrito de Columbia), equipo Consumer and Tenant Response (Respuesta al Consumidor y al Inquilino). También puede presentar una queja ante la CFPB en consumerfinance.gov/complaint.
Conozca su derecho a demandar en el Distrito de Columbia
Según la ley del Distrito de Columbia: Sí. Usted puede demandar por daños reales, costos y honorarios de abogado, daños punitivos, y una cantidad adicional de $500 a $4,000 por cada violación (D.C. Code § 28-3814(u)).
Preguntas sobre las leyes de cobro en el Distrito de Columbia
¿El Distrito de Columbia aprobó una ley propia sobre el cobro de deudas?
Sí: la Ley de cobro de deudas de D.C. (D.C. Code § 28-3814), ampliada por la Protecting Consumers from Unjust Debt Collection Practices Amendment Act of 2022 (Ley de Enmienda de 2022 para Proteger a los Consumidores de Prácticas Injustas de Cobro de Deudas) (D.C. Code § 28-3814). También cubre a los acreedores originales que cobran sus propias deudas.
¿Hay reglas sobre la deuda médica en el Distrito de Columbia?
La Medical Debt Mitigation Amendment Act of 2026 (Ley de Enmienda de 2026 para Mitigar la Deuda Médica) (D.C. Law 26-172) se convirtió en ley el 20 de agosto de 2026 y agrega el § 28-3814(dd): no se puede cobrar una deuda médica hasta 180 días después de la primera factura y con al menos 90 días de aviso, los intereses tienen un límite de 3% al año, no se permiten gravámenes sobre su vivienda principal, no se permite el embargo de salario si el ingreso de su hogar es menor al 500% del nivel federal de pobreza, y no se puede reportar la deuda médica a las agencias de crédito. Pero estas reglas solo se aplican 6 meses después de que el costo de la ley se incluya en un presupuesto aprobado de D.C. (Law 26-172, § 6), y el D.C. Code marca el § 28-3814(dd) como 'Not Funded' (sin fondos). Por eso, a octubre de 2026, todavía no están en vigor.
¿Dónde puedo presentar una queja contra un cobrador en el Distrito de Columbia?
Office of the Attorney General for the District of Columbia (Oficina del Fiscal General del Distrito de Columbia), equipo Consumer and Tenant Response (Respuesta al Consumidor y al Inquilino): https://oag.dc.gov/consumer-protection/submit-consumer-complaint · (202) 442-9828
¿Puedo llevar a un cobrador a los tribunales según la ley del Distrito de Columbia?
Sí. Usted puede demandar por daños reales, costos y honorarios de abogado, daños punitivos, y una cantidad adicional de $500 a $4,000 por cada violación (D.C. Code § 28-3814(u)).
¿En qué va la ley del Distrito de Columbia más allá de la FDCPA?
Los cobradores no pueden llamarle ni enviarle mensajes de texto antes de las 8 a.m. ni después de las 9 p.m. hora del Este (§ 28-3814(k)). Para una deuda cancelada contablemente (charged-off), la primera carta debe informarle que usted puede pedir pruebas: el acreedor original, el dueño actual, el último número de cuenta y un saldo detallado. Los compradores de deudas y los cobradores externos deben tener estos documentos antes de cobrar (§ 28-3814(m)). Si usted acepta un plan de pago o un acuerdo, el cobrador debe enviarle una copia por escrito dentro de 7 días (§ 28-3814(n)).
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- D.C. Code § 28-3814
- D.C. Law 26-172 Medical Debt Mitigation Amendment Act of 2026
- D.C. Code § 12-301
- D.C. Code § 16-572 Wage attachment
- D.C. Code § 15-501 Exempt property
- D.C. Superior Court – Small Claims
- D.C. Super. Ct. Civ. R. 12
- D.C. OAG – Submit a consumer complaint
- D.C. Courts – Get Legal Help
Última revisión: 24 de oct de 2026.