Leyes sobre los cobradores de deudas en California
La Rosenthal Fair Debt Collection Practices Act (Ley Rosenthal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas), más la Debt Collection Licensing Act (Ley de Licencias para el Cobro de Deudas) y la Fair Debt Buying Practices Act (Ley de Prácticas Justas de Compra de Deudas): lo que agrega a la ley federal, quién necesita licencia, dónde presentar una queja y las reglas sobre deudas médicas en California.
En resumen
California tiene su propia ley sobre el cobro de deudas: la Rosenthal Fair Debt Collection Practices Act (Ley Rosenthal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas), más la Debt Collection Licensing Act (Ley de Licencias para el Cobro de Deudas) y la Fair Debt Buying Practices Act (Ley de Prácticas Justas de Compra de Deudas). También cubre a los acreedores originales que cobran sus propias deudas. En California, los cobradores de deudas necesitan una licencia estatal; la agencia que la otorga es: California Department of Financial Protection and Innovation (DFPI; Departamento de Protección Financiera e Innovación de California), según la Debt Collection Licensing Act (Ley de Licencias para el Cobro de Deudas; Cal. Fin. Code § 100001). Las quejas van a: California Department of Financial Protection and Innovation (DFPI; Departamento de Protección Financiera e Innovación de California); también puede reportar a la Public Inquiry Unit (Unidad de Consultas Públicas) del California Attorney General (Fiscal General de California), y a la CFPB.
- Ley estatal
- Sí
- Cubre a los acreedores originales
- Sí
- Licencia obligatoria
- Sí
- Protecciones adicionales
- 5
La ley de California sobre el cobro de deudas
- Ley estatal
- Rosenthal Fair Debt Collection Practices Act (Ley Rosenthal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas), más la Debt Collection Licensing Act (Ley de Licencias para el Cobro de Deudas) y la Fair Debt Buying Practices Act (Ley de Prácticas Justas de Compra de Deudas)
- Ley (en inglés)
- Cal. Civ. Code § 1788 et seq.; Cal. Fin. Code § 100000 et seq.; Cal. Civ. Code § 1788.50 et seq.
- Cubre a los acreedores originales
- Sí
- Texto oficial
- Lea la ley (en inglés)
California es uno de los 22 estados de nuestras 48 guías estatales cuya ley también cubre a los acreedores originales que cobran sus propias deudas.
Protecciones que California agrega a la ley federal
- La Ley Rosenthal cubre a las empresas que cobran sus propias deudas, no solo a las agencias de cobranza. Un "debt collector" (cobrador de deudas) es cualquier persona que regularmente cobra deudas "on behalf of that person or others" (en nombre propio o de otros) (Cal. Civ. Code § 1788.2(c)).
- Si una deuda es demasiado antigua para demandar, la primera carta del cobrador después de ese momento debe decir: "The law limits how long you can be sued on a debt. Because of the age of your debt, we will not sue you for it" (La ley limita el tiempo durante el cual se le puede demandar por una deuda. Debido a la antigüedad de su deuda, no lo demandaremos por ella) (Cal. Civ. Code § 1788.14(d)).
- Un cobrador que compró o recibió por cesión una deuda atrasada debe, si usted lo pide por escrito, enviarle gratis una prueba de la deuda (saldo, intereses y cargos, fecha del último pago, acreedor original) dentro de 30 días, o dejar de cobrar hasta que lo haga (Cal. Civ. Code § 1788.14.5).
- Las cartas y los mensajes digitales de un cobrador deben mostrar su número de licencia de California en letra de al menos 12 puntos, y quienes llaman deben darle el número de licencia si usted lo pide (Cal. Civ. Code § 1788.11(b), (f)).
- Para deudas de hospital, la primera carta debe incluir el aviso del hospital sobre ayuda financiera y decir que el cobrador esperará al menos 180 días después de la primera factura antes de demandar (Cal. Civ. Code § 1788.14(e)).
Las reglas de California sobre la deuda médica
Nadie puede reportar una deuda médica a una agencia de crédito. Si alguien lo hace a sabiendas, la deuda queda anulada y no se puede cobrar. Los contratos de deuda médica firmados el 1 de julio de 2025 o después deben incluir un aviso sobre esta regla (Cal. Civ. Code § 1785.27, agregado por SB 1061 (2024), modificado por AB 1521 (2025)). Para deudas de hospital, los cobradores deben esperar al menos 180 días después de la primera factura antes de demandar (Cal. Civ. Code § 1788.14(e)). Nota: el 28 de octubre de 2025 la Consumer Financial Protection Bureau (Oficina de Protección Financiera del Consumidor) federal emitió una regla interpretativa que dice que la Fair Credit Reporting Act (Ley de Informes de Crédito Justos) federal por lo general tiene prioridad sobre las leyes estatales que prohíben la deuda médica en los informes de crédito (90 Fed. Reg. 48710). La ley estatal sigue vigente, pero las agencias de crédito pueden argumentar que no se puede aplicar, y los tribunales tienen la última palabra.
Su derecho a demandar en California
Sí. Usted puede demandar a un cobrador por sus daños reales. Si la violación fue intencional y a sabiendas, el tribunal puede agregar una multa de $100 a $1,000. El consumidor que gana recibe honorarios razonables de abogado. Debe demandar dentro de 1 año desde la violación (Cal. Civ. Code § 1788.30).
La ley federal (15 U.S.C. 1692k) también le permite demandar dentro de 1 año por sus daños reales, hasta $1,000 adicionales y los honorarios de su abogado.
Cómo denunciar a un cobrador en California
- California: California Department of Financial Protection and Innovation (DFPI; Departamento de Protección Financiera e Innovación de California); también puede reportar a la Public Inquiry Unit (Unidad de Consultas Públicas) del California Attorney General (Fiscal General de California) · 1-866-275-2677
- Federal: la Consumer Financial Protection Bureau (CFPB) recibe quejas sobre cobradores de deudas en consumerfinance.gov/complaint · (855) 411-2372.
- También puede reportar a un cobrador a la Federal Trade Commission (Comisión Federal de Comercio) en ReportFraud.ftc.gov.
Licencias de cobradores en California
- Licencia obligatoria
- Sí
- Quién da la licencia
- California Department of Financial Protection and Innovation (DFPI; Departamento de Protección Financiera e Innovación de California), según la Debt Collection Licensing Act (Ley de Licencias para el Cobro de Deudas; Cal. Fin. Code § 100001)
- Verificar una licencia
- Búsqueda oficial de licencias (en inglés)
28 de nuestras 48 guías estatales, entre ellas la de California, exigen licencia a los cobradores.
En los estados vecinos
También en California
- Los cobradores de deudas deben tener una licencia del DFPI para cobrar a personas que viven en California, aunque el cobrador esté ubicado en otro estado (Cal. Fin. Code § 100001(a)).
Pasos ante un cobrador abusivo en California
Lleve un registro
Guarde las cartas, los mensajes de voz, los correos y los mensajes de texto, y un registro de cada llamada.
Busque a la empresa
California exige licencia, así que verifique la del cobrador: Búsqueda oficial de licencias (en inglés).
Envíe una carta
Envíe una carta para disputar una deuda o para detener las llamadas de cobradores. Guarde una copia y la prueba del envío.
Presente una queja
Presente una queja ante: California Department of Financial Protection and Innovation (DFPI; Departamento de Protección Financiera e Innovación de California); también puede reportar a la Public Inquiry Unit (Unidad de Consultas Públicas) del California Attorney General (Fiscal General de California). También puede presentar una queja ante la CFPB en consumerfinance.gov/complaint.
Conozca su derecho a demandar en California
Según la ley de California: Sí. Usted puede demandar a un cobrador por sus daños reales. Si la violación fue intencional y a sabiendas, el tribunal puede agregar una multa de $100 a $1,000.
Preguntas sobre las leyes de cobro en California
¿California da licencias a los cobradores de deudas?
Sí. California Department of Financial Protection and Innovation (DFPI; Departamento de Protección Financiera e Innovación de California), según la Debt Collection Licensing Act (Ley de Licencias para el Cobro de Deudas; Cal. Fin. Code § 100001)
¿Existe una ley de cobro de deudas de California?
Sí: la Rosenthal Fair Debt Collection Practices Act (Ley Rosenthal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas), más la Debt Collection Licensing Act (Ley de Licencias para el Cobro de Deudas) y la Fair Debt Buying Practices Act (Ley de Prácticas Justas de Compra de Deudas) (Cal. Civ. Code § 1788 et seq.; Cal. Fin. Code § 100000 et seq.; Cal. Civ. Code § 1788.50 et seq.). También cubre a los acreedores originales que cobran sus propias deudas.
¿Qué dice la ley de California sobre la deuda médica?
Nadie puede reportar una deuda médica a una agencia de crédito. Si alguien lo hace a sabiendas, la deuda queda anulada y no se puede cobrar. Los contratos de deuda médica firmados el 1 de julio de 2025 o después deben incluir un aviso sobre esta regla (Cal. Civ. Code § 1785.27, agregado por SB 1061 (2024), modificado por AB 1521 (2025)). Para deudas de hospital, los cobradores deben esperar al menos 180 días después de la primera factura antes de demandar (Cal. Civ. Code § 1788.14(e)). Nota: el 28 de octubre de 2025 la Consumer Financial Protection Bureau (Oficina de Protección Financiera del Consumidor) federal emitió una regla interpretativa que dice que la Fair Credit Reporting Act (Ley de Informes de Crédito Justos) federal por lo general tiene prioridad sobre las leyes estatales que prohíben la deuda médica en los informes de crédito (90 Fed. Reg. 48710). La ley estatal sigue vigente, pero las agencias de crédito pueden argumentar que no se puede aplicar, y los tribunales tienen la última palabra.
¿Cómo denuncio a un cobrador de deudas en California?
California Department of Financial Protection and Innovation (DFPI; Departamento de Protección Financiera e Innovación de California); también puede reportar a la Public Inquiry Unit (Unidad de Consultas Públicas) del California Attorney General (Fiscal General de California): https://dfpi.ca.gov/submit-a-complaint/ · 1-866-275-2677
¿Puedo llevar a un cobrador a los tribunales según la ley de California?
Sí. Usted puede demandar a un cobrador por sus daños reales. Si la violación fue intencional y a sabiendas, el tribunal puede agregar una multa de $100 a $1,000. El consumidor que gana recibe honorarios razonables de abogado. Debe demandar dentro de 1 año desde la violación (Cal. Civ. Code § 1788.30).
¿Dónde puedo buscar la licencia de California de un cobrador?
Use la búsqueda oficial de licencias de California (en inglés): https://www.nmlsconsumeraccess.org/.
¿Qué protecciones agrega California a la ley federal sobre el cobro de deudas?
La Ley Rosenthal cubre a las empresas que cobran sus propias deudas, no solo a las agencias de cobranza. Un "debt collector" (cobrador de deudas) es cualquier persona que regularmente cobra deudas "on behalf of that person or others" (en nombre propio o de otros) (Cal. Civ. Code § 1788.2(c)). Si una deuda es demasiado antigua para demandar, la primera carta del cobrador después de ese momento debe decir: "The law limits how long you can be sued on a debt. Because of the age of your debt, we will not sue you for it" (La ley limita el tiempo durante el cual se le puede demandar por una deuda. Debido a la antigüedad de su deuda, no lo demandaremos por ella) (Cal. Civ. Code § 1788.14(d)). Un cobrador que compró o recibió por cesión una deuda atrasada debe, si usted lo pide por escrito, enviarle gratis una prueba de la deuda (saldo, intereses y cargos, fecha del último pago, acreedor original) dentro de 30 días, o dejar de cobrar hasta que lo haga (Cal. Civ. Code § 1788.14.5).
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- Cal. Civ. Code § 1788 et seq.; Cal. Fin. Code § 100000 et seq.; Cal. Civ. Code § 1788.50 et seq.
- Búsqueda oficial de licencias (en inglés)
- DFPI: Know your debt collection rights
- California AG: Debt collectors
- California Courts Self-Help: Defenses in debt lawsuits
- California Courts Self-Help: Wage garnishment
- Judicial Council form EJ-156, Current Dollar Amounts of Exemptions (rev. July 20, 2026)
Última revisión: 24 de oct de 2026.