Plazo de prescripción de las deudas en Oregón

6 años para demandar por un contrato escrito o por una cuenta abierta (ORS 12.080(1); ORS 12.230; ORS 12.240; ORS 646.639(2)(r)).

En resumen

Piénselo dos veces antes de pagar una deuda antigua en Oregón: Sí, para la mayoría de los acreedores. Un pago reinicia el plazo de prescripción de 6 años desde la fecha del último pago (ORS 12.240). Una promesa o un reconocimiento de la deuda lo reinicia solo si es por escrito y está firmado por usted (ORS 12.230).

Contratos escritos
6 años
Cuentas abiertas y acuerdos no escritos
6 años
¿Un pago puede reiniciar el plazo?
Sí, puede

Plazos para demandar en Oregón

Ley (en inglés)
ORS 12.080(1); ORS 12.230; ORS 12.240; ORS 646.639(2)(r)
Texto oficial
Lea la ley (en inglés)

6 años es el plazo más común en nuestras 48 guías estatales (22 estados). En los estados vecinos: 6 años en Washington, 5 años en Idaho, 6 años en Nevada y 4 años en California.

Las reglas de Oregón cuando un cobrador demanda, y sus derechos

  • Un comprador de deudas no puede demandar sin registros que prueben la deuda y quién es su dueño, y debe darle esos documentos dentro de 30 días si usted los pide. (ORS 646.639(2)(t), (4)(b))

Si un cobrador se pasa de la raya: Si un cobrador viola esta ley de forma intencional, usted puede demandar por sus daños reales o $1,000, lo que sea mayor. El tribunal puede agregar daños punitivos y ordenar al cobrador que pare, y puede otorgar honorarios de abogado si usted gana.

Pagos, promesas y el plazo en Oregón

Sí, para la mayoría de los acreedores. Un pago reinicia el plazo de prescripción de 6 años desde la fecha del último pago (ORS 12.240). Una promesa o un reconocimiento de la deuda lo reinicia solo si es por escrito y está firmado por usted (ORS 12.230).

Otras reglas de Oregón sobre deudas antiguas

  • Un cobrador no puede presentar una demanda por una deuda que sabe, o sabría con un cuidado razonable, que es demasiado antigua según el plazo de prescripción (statute of limitations). (ORS 646.639(2)(r), (4)(a))

¿Mi deuda es demasiado antigua? Revise el plazo de Oregón

Oregón: 6 años para un contrato escritoEscriba la fecha de su último pago para ver cuándo vence el plazo.

Si lo demandan por una deuda antigua en Oregón

Diga en su respuesta por escrito que la deuda está prescrita. Plazo en Oregón: Circuit court (tribunal de circuito): usted debe presentar una respuesta a la demanda o una moción dentro de 30 días después de que le entreguen la demanda (ORCP 7 C(2)). Tribunal de reclamos menores: dentro de 30 días después de recibir el aviso, usted debe pagar, pedir una audiencia o pedir un juicio con jurado (ORS 46.445).

Si usted no responde a tiempo, el tribunal puede dictar un fallo (sentencia) en su contra por la cantidad reclamada más los cargos.

Qué hacer si lo demandan en Oregón

Pasos ante una deuda antigua en Oregón

  1. No pague ni firme todavía

    En Oregón: Sí, para la mayoría de los acreedores. Un pago reinicia el plazo de prescripción de 6 años desde la fecha del último pago (ORS 12.240). Una promesa o un reconocimiento de la deuda lo reinicia solo si es por escrito y está firmado por usted (ORS 12.230).

  2. Pídale pruebas al cobrador

    Use una carta de disputa dentro de los 30 días después del aviso de validación del cobrador.

  3. Verifique la licencia del cobrador

    Los cobradores necesitan una licencia de Oregón; verifíquela aquí: Búsqueda oficial de licencias (en inglés).

  4. Denuncie una demanda por una deuda prescrita

    Denúncielo ante: Oregon Department of Justice (Departamento de Justicia de Oregón), Consumer Protection (Protección al Consumidor) (por la forma en que un cobrador lo trata); Division of Financial Regulation (División de Regulación Financiera) (por cobradores no registrados) y ante la CFPB en consumerfinance.gov/complaint. Teléfono: 1-877-877-9392.

Las reglas federales sobre las deudas antiguas

Un cobrador no puede demandar ni amenazar con demandar por una deuda prescrita (12 CFR 1006.26(b)). La mayoría de las cuentas en cobranza pueden aparecer en un informe de crédito hasta 7 años desde 180 días después de su primer atraso (15 U.S.C. 1681c). Lea la guía sobre la deuda prescrita.

Ayuda gratuita en Oregón

Preguntas sobre las deudas antiguas en Oregón

¿Cuánto tiempo tiene un cobrador para demandarme en Oregón?

6 años para los contratos escritos y 6 años para las cuentas abiertas y los acuerdos no escritos (ORS 12.080(1); ORS 12.230; ORS 12.240; ORS 646.639(2)(r)).

¿Un pago pequeño puede revivir una deuda antigua en Oregón?

Sí, para la mayoría de los acreedores. Un pago reinicia el plazo de prescripción de 6 años desde la fecha del último pago (ORS 12.240). Una promesa o un reconocimiento de la deuda lo reinicia solo si es por escrito y está firmado por usted (ORS 12.230).

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